Consejo Escolar
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PRESIDENTE
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REPRESENTANTES DEL TITULAR |
REPRESENTANTES DE LOS PROFESORES
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REPRESENTANTES DE LOS PADRES
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REPRESENTANTES DE LOS ALUMNOS
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REPRESENTANTE DEL PERSONAL DE ADMINISTRACIÓN Y SERVICIOS
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Corresponde al consejo escolar del centro:
1.Intervenir en la designación y cese del director del centro.
2.Intervenir en la selección y despido del profesorado del centro.
3.Garantizar el cumplimiento de las normas generales sobre admisión de alumnos.
4.Resolver los asuntos de carácter grave planteados en el centro en materia de disciplina de alumnos.
5.Aprobar, a propuesta del titular, el presupuesto del centro en lo que se refiere tanto a los fondos provenientes de la Administración como de las cantidades autorizadas, así como la rendición anual de cuentas.
6.Aprobar y evaluar la programación general del centro que con carácter anual elaborará el equipo directivo.
7.Proponer, en su caso, a la Administración la autorización para establecer percepciones complementarias a los padres de los alumnos con fines educativos extraescolares.
8.Participar en la aplicación de la línea pedagógica global del centro y fijar las directrices para las actividades extraescolares.
9.Elaborar las directrices para la programación y desarrollo de las actividades complementarias, visitas y viajes, comedores y colonias de verano.
10.Establecer los criterios sobre la participación del centro en actividades culturales, deportivas y recreativas, así como en aquellas acciones asistenciales a las que el centro pudiera prestar su colaboración.
11.Establecer relaciones de colaboración con otros centros, con fines culturales y educativos.
12.Aprobar, a propuesta del titular, el reglamento de régimen interior del centro.
13.Supervisar la marcha general del centro en los aspectos administrativos y docentes.